Celebración de su contrato

Los contratos de servicios de telecomunicaciones tendrán un contenido mínimo y el cliente tiene derecho a disponer de todas las condiciones que se le van a aplicar.

Todos los contratos de servicios de telecomunicaciones (telefonía y acceso a Internet) deben recoger un contenido mínimo regulado en el artículo 8 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos de Usuarios de los servicios de comunicaciones electrónicas. Este derecho es con independencia de la vía elegida para contratar (presencial o a distancia):

A continuación se muestra un resumen sobre el contenido que debe figurar en todos los contratos:

  • Denominación y domicilio del Operador
  • teléfono de Atención al Cliente
  • características del servicio ofertado
  • niveles de calidad que ofrece
  • tarifas
  • procedimiento de presentación de reclamaciones
  • información sobre el tratamiento de datos personales
  • plazo mínimo de contratación y renovación y sus consecuencias en caso de incumplimiento
  • política de indemnizaciones en caso de incumplimiento de los compromisos de calidad ofertados o de interrupción del servicio
  • servicios de mantenimiento
  • formas y causas de extinción de contrato, entre las que deben figurar las mismas que las admitidas para contratar. Recuerde que, si lo desea, puede solicitar un documento que acredite dicha petición.

En el sector de las telecomunicaciones (telefonía e Internet) una parte importante de las contrataciones de realiza a distancia. Es importante saber que el cliente tiene derecho a disponer de todas las condiciones que se le van a aplicar, antes de dar su consentimiento para contratar. En caso de que su operador no se las ofrezca, exíjaselas, a través de su página web o su teléfono de atención al cliente.

En el siguiente enlace puede usted consultar los datos de contacto de los principales operadores.

Datos de contacto operadores

En las condiciones que le facilite el operador deben aparecer aspectos como las características del servicio contratado, los precios y cualquier otra condición económica de los mismos.

A la hora de contratar es especialmente importante que Vd se asegure de si tiene, o no, un período mínimo de permanencia. En caso de existir, en las condiciones que le facilite el operador debe figurar en qué concepto se establece ese período mínimo. Por ejemplo, por suministrarle algún aparato terminal (teléfono móvil, router), gratis o a un precio más reducido que el de mercado. Deben figurar igualmente cuáles son las consecuencias de incumplir el período mínimo (por ejemplo, la cuantía que debe pagarse al operador, teniendo en cuenta la ventaja disfrutada y el tiempo transcurrido).

Debe saber que el operador está obligado a disponer de un departamento de reclamaciones donde resolver sus quejas en el plazo máximo de un mes, a partir del cual usted podrá ejercer su derecho a acudir a la administración para que esta intente mediar en la solución de su conflicto.

Si usted ha solicitado las condiciones que se le aplican a su operador y éste no se las facilita, puede presentar una reclamación ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones. En el siguiente enlace dispondrá de toda la información para presentar su reclamación.

Cómo reclamar

Cualquier consulta relacionada con servicios de comunicaciones puede realizarla en la página Contáctenos o llamando a los teléfonos que aparecen en la misma.